domingo, 7 diciembre 2025
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Visas

La Oficina Consular de Madrid es la única Autoridad Consular en España que tiene la competencia de expedir visados. Su jurisdicción se extiende también a los residentes permanentes en Portugal.

Un nacional de un tercer país (es decir, de un país fuera del espacio Schengen) que desee viajar a Grecia, puede comprobar en el enlace www.mfa.gr/en/services/visas-for-foreigners-traveling-to-greece si necesita o no visado (visa).

Si dispone de un visado de España Schengen válido para todos los países Schengen o de un permiso de residencia de España o de Portugal en vigor, puede viajar a Grecia sin necesidad de visado.

Nuestra Oficina Consular no expide visados a nacionales de terceros países que se encuentren de manera irregular en España o Portugal.

Un nacional de un tercer país (es decir, de un país fuera del espacio Schengen) que desee establecerse en Grecia por un periodo mayor a 90 días, necesita visado nacional de Grecia (Código de migración, ley 5038/1.4.2023). En este caso, rogamos remita la solicitud correspondiente a la dirección de correo electrónica grcon.mad@mfa.gr, haciendo constar la categoría del visado que le interesa, para poder informarle al respecto.