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Visas
SCHENGENSCHENGEN
I. VISADOS SCHENGEN
¿Qué es un visado Schengen?
Un visado de entrada es una autorización concedida por uno de los Estados miembros del espacio Schengen, con vistas a un tránsito por o a una estancia prevista en el territorio de los Estados miembros, cuya duración no exceda de 90 días en cualquier período de 180 días.
Un visado uniforme Schengen permite a su titular permanecer hasta 90 días en cualquier período de 180 días y es válido para el territorio de los siguientes países: Grecia, Austria, Bélgica, Chequia, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia y Suiza (espacio Schengen).
Para calcular la duración de la estancia en el espacio Schengen, haga clic acá.
¿Quién necesita un visado Schengen?
Si necesita un visado Schengen depende de su nacionalidad.
Consulte la lista de países cuyos ciudadanos necesitan o no necesitan un visado Schengen para estancias de hasta 90 días en el espacio Schengen.
Visado de tránsito aeroportuario (ATV)
Los ciudadanos de ciertos terceros países también pueden necesitar un visado de tránsito aeroportuario (ATV) cuando tengan que cambiar de avión en un aeropuerto de un Estado miembro del espacio Schengen.
Consulte la lista común de países cuyos ciudadanos necesitan un ATV y la lista nacional de países cuyos ciudadanos están sujetos a este requisito.
Consulte también las excepciones a esta obligación.
Consulta previa
Un Estado miembro del espacio Schengen puede exigir que se solicite su opinión al examinar solicitudes de visado de ciudadanos de determinados terceros países. Este procedimiento de consulta puede tardar hasta 14 días. Por lo tanto, los solicitantes de visado deben tenerlo en cuenta al presentar su solicitud.
Consulte la lista de países para los cuales se requiere consulta.
Miembros de la familia de ciudadanos de la UE / EEE y Suiza
Si usted es miembro de la familia de un ciudadano de un Estado miembro de la UE, del EEE o de Suiza, podría tener derecho a ser atendido directamente en el Consulado y con prioridad al presentar su solicitud de visado, a presentar menos documentos justificativos y a no pagar la tasa del visado, siempre que pueda responder afirmativamente a todas las siguientes preguntas:
A) ¿Existe un ciudadano de la UE que ejerce su derecho a la libre circulación y del cual el solicitante del visado deriva derechos?
B) ¿El solicitante del visado entra en la definición de "miembro de la familia"?
C) ¿El solicitante del visado acompaña o se dirige a reunirse con el ciudadano de la UE?
Derechos derivados de un visado concedido
La concesión de un visado de entrada no otorga automáticamente el derecho de entrada al espacio Schengen a su titular.
Las autoridades de control fronterizo u otras autoridades competentes pueden verificar el propósito del viaje y si se cumplen las condiciones de entrada.
Los ciudadanos de terceros países, al entrar en Grecia, deben poder demostrar que disponen de los recursos económicos necesarios para su estancia.
Para más información, haga clic aquí.
Estos controles pueden dar lugar a que se deniegue la entrada al titular del visado.
Rechazo de la solicitud de visado
Si se rechaza la solicitud de visado, la Autoridad Consular le informará por escrito de los motivos del rechazo.
El rechazo de una solicitud de visado constituye un acto administrativo individual contra el cual usted puede presentar un recurso.
En el formulario estándar mediante el cual se le notificará el rechazo de su solicitud, encontrará la información necesaria sobre cómo puede presentar dicho recurso.
Nota importante:
A partir del 28 de febrero de 2022, por decisión (6622/22 / 25-02-2022) del Consejo de la Unión Europea, el Acuerdo de Facilitación de Visados entre la UE y la Federación de Rusia (VFA) fue parcialmente suspendido para determinadas categorías de ciudadanos rusos que soliciten un visado Schengen.
Concretamente:
A. Se suprime la exención de la obligación de visado para todos los titulares de pasaportes diplomáticos. Por tanto, todos los titulares de pasaportes diplomáticos deberán solicitar un visado Schengen.
B. Los solicitantes enumerados a continuación están obligados (i) a pagar la tasa completa del visado (90 euros) y (ii) a presentar todos los documentos justificativos requeridos, de acuerdo con el Código de Visados (la aplicación de las disposiciones correspondientes del VFA relativas a los documentos requeridos también ha sido suspendida):
• Miembros de delegaciones oficiales de la Federación de Rusia que, tras una invitación oficial dirigida a la Federación de Rusia, participen en reuniones oficiales, consultas, negociaciones o programas de intercambio, así como en eventos organizados por organizaciones intergubernamentales en el territorio de un Estado miembro de la UE.
{Artículo 4, apartado 1, letra a) y artículo 5, apartado 2, letra a)}
• Miembros de gobiernos y parlamentos nacionales y regionales, así como miembros del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia.
{Artículo 5, apartado 1, letra a)}
•Empresarios y representantes de organizaciones empresariales.
{Artículo 4, apartado 1, letra b)}
• Titulares de pasaportes diplomáticos válidos.
II. PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE VISADO
La solicitud de visado debe presentarse, por norma general, en la Autoridad Consular al menos 15 días antes del viaje previsto y no antes de 6 meses desde la fecha prevista para la realización del viaje.
Se ruega a los solicitantes de visado de entrada que contacten con suficiente antelación con el funcionario responsable de la Autoridad para concertar una cita.
La decisión sobre la solicitud de visado se toma, por regla general, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de presentación de la solicitud en la Autoridad Consular y es definitiva. Este plazo puede prorrogarse hasta un máximo de 45 días naturales en casos individuales, especialmente cuando se requiere un examen más detallado de la solicitud. En casos justificados de urgencia, las solicitudes se resuelven de inmediato. La Autoridad Consular le informará sobre la fecha de adopción de la decisión relativa a su solicitud una vez que la reciba.
Reglas generales para la presentación de la solicitud de visado
Para presentar una solicitud de visado se requiere presentar:
1. Solicitud (en español), debidamente cumplimentada y firmada.
2. Pasaporte, con al menos dos páginas en blanco. El pasaporte debe haber sido emitido en los últimos 10 años. La validez del pasaporte debe extenderse al menos 3 meses después de la fecha de salida del espacio Schengen o, en caso de múltiples viajes, hasta la fecha prevista para salir después de la última estancia.
3. Foto reciente, conforme a las especificaciones del ICAO.
4. Huellas dactilares. Se deben recoger las huellas dactilares del solicitante si no han sido registradas en el VIS en los últimos 59 meses, durante una solicitud previa de visado Schengen. Algunas categorías de solicitantes están exentas de esta obligación.
Documentos requeridos
Lista de documentos requeridos
6. Tarjeta de crédito, extractos bancarios y garantías bancarias, y/o recibos de sueldo o comprobantes de ingresos (pensión, jubilación, etc.) y/o cheques de viajero (mínimo 50 dólares estadounidenses por día de estadía) y fotocopias de dichos documentos.
7. Presentación de un seguro de viaje que cubra, de forma individual o colectiva, los posibles gastos de repatriación por enfermedad, gastos médicos de emergencia y/o gastos hospitalarios de emergencia. La vigencia de este seguro debe cubrir toda la duración de su estancia en los países que forman parte del espacio Schengen (debiendo mencionarse expresamente los nombres de dichos países) y prever una cobertura mínima de 30.000 euros.
8. Reserva de hotel para todo el período y su fotocopia.
Documento que justifique la reserva de alojamiento o carta de invitación de un particular, si se hospeda en su domicilio, expedida por la Comisaría de Policía correspondiente a su lugar de residencia.
IMPORTANTE: En ningún caso la carta de invitación sustituye la acreditación de los demás requisitos exigidos para la entrada por parte del extranjero.
9. Documento nacional de identidad o cédula de identidad argentina o permiso de residencia/permanencia en Argentina y su fotocopia.
10. Constancia de vacaciones firmada por el empleador indicando las fechas del viaje así como el compromiso de regreso a Argentina.
Además, se deberán presentar:
• Empleados:
Los tres últimos recibos de sueldo.
Contrato laboral o constancia reciente de empleo emitida por el empleador.
• Empresarios o autónomos:
Constancia de inscripción registral de la empresa.
Declaración de impuestos.
• Jubilados:
Recibo de haberes de ANSES.
• Estudiantes:
Comprobante de ingresos de los progenitores o familiares responsables del estudiante en su país de origen, o
Comprobante de recursos económicos suficientes para cubrir los costos de estancia en el espacio Schengen (por ejemplo: becas o ingresos propios).
Certificado de estudios.
Para niños menores de 18 años, se requiere la presencia de ambos padres en el consulado así como el certificado de nacimiento. En caso de que el menor viaje solo o con uno de los padres, debe adjuntarse la autorización de viaje correspondiente (original y copia).
Certificado de estudios y constancia de alumno regular del establecimiento (primaria, secundaria, universidad).
Seguro médico de viaje
Los solicitantes están obligados a contar con un seguro médico de viaje que cubra atención médica de urgencia, hospitalización y repatriación (incluido en caso de fallecimiento). La cobertura mínima debe ser de 30.000 euros. El seguro debe ser válido para todo el espacio Schengen, en caso de visado uniforme, o para el territorio del/los Estado(s) miembro(s), en caso de visado de validez territorial limitada, y para toda la duración de la estancia.
Por favor, tenga en cuenta que la Autoridad Consular se reserva el derecho, en casos individuales, de solicitar documentos adicionales y, si lo considera oportuno, convocar al solicitante para una entrevista.
Información sobre el tratamiento de datos personales – Reglamento General de Protección de Datos – información para solicitantes de visado
Información sobre el tratamiento de datos personales
¡Atención! Cuando le devuelvan su pasaporte, por favor revise el visado adhesivo para detectar posibles errores. Si detecta alguna inscripción incorrecta, por favor informe inmediatamente a la Autoridad Consular. Si no lo hace, la Autoridad Consular no se responsabiliza de ningún problema que pueda enfrentar respecto a la realización de su viaje.
Consulte aquí información útil sobre el visado que se le ha otorgado y su viaje a Grecia y al espacio Schengen.












